(...) La normativa de Montes y Gestión Forestal Sostenible de la región habilita la creación de estas Juntas Gestoras para la gestión de los montes cuya titularidad corresponda pro indiviso a más de diez propietarios conocidos y para la administración de los intereses de los copropietarios. La Junta Gestora, constituida mediante este acto, podrá autorizar los actos de la administración ordinaria y extraordinaria, gestión y disfrute del monte y de todos sus productos. (...)
Fonte | Abc
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