Fonte | Salvis Juribus
martes, 19 de marzo de 2019
Sponte sua - Salvis Juribus (18/03/19)
Affinché operi la irripetibilità é necessario che il debitore abbia, di sua sponte, eseguito la prestazione, senza che la sua volontà sia in alcun modo coartata ab origine. È necessario, inoltre, che la prestazione sia eseguita da parte del debitore, per assolvere doveri morali o sociali.
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