Según recoge la sentencia, los hechos 'no contienen elementos suficientes para otorgar la condición de delito de estafa', dado que las dudas sobre la capacidad de los ancianos que otorgaron sus bienes 'no resultan confirmadas, sino que los documentos notariales más bien apuntan en sentido contrario'.
Se aplica el principio de 'in dubio pro reo' a los acusados por lo que se les absuelve de los cargos formulados contra el matrimonio y su hijo, con alzamiento de las medidas cautelares adoptadas contra ellos. Asimismo, en contra de esta sentencia cabe recurso de casación en los términos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Fonte | La Región
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