xoves, 14 de xuño de 2018

In dubido pro reo - El País (19/01/2005)

(...) Fuentes judiciales han explicado hoy que la Sección Primera de la Audiencia ha atendido el recurso del abogado de Farruquito y ha determinado que las medidas cautelares como la retención del permiso "deben ser restrictivas y no deben ir más allá de lo necesario para la investigación". La Audiencia estima que, en casos como éste, debe prevalecer el principio de in dubio pro reo, porque el bailaor no ha sido aún juzgado, y además el haber superado el examen de conducir significa que ya está preparado para conducir, al contrario de lo que ocurrió cuando se produjo el atropello mortal. (...)




Fonte: ElPais

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Cogito,ergo sum - La Voz de Galicia (18/10/2020)

(..) Esta nueva normalidad (asimismo un signo lingüístico descalabrado), que ha supuesto, ahora sí, un descalabro verdadero, o sea, gnoseoló...