martes, 19 de maio de 2020

In dubio pro reo - El País (24/04/20)

(...) Agapito García Sánchez, el considerado mayor defraudador a la Hacienda Pública española, no es culpable de un delito fiscal. Los magistrados de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid lo han absuelto al entender que el beneficio obtenido por una venta de acciones no llega al límite legal de los 120.000 euros, por lo que no le es aplicable lo tipificado en el artículo 305 del Código Penal. Además, los jueces entienden que la Agencia Tributaria no ha justificado en ningún momento ningún enriquecimiento ilícito con las pruebas aportadas y aplica el principio de in dubio pro reo (en caso de duda, a favor del acusado). La Fiscalía pedía cuatro años para el empresario por defraudar un millón y medio de euros en 2009. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. (...)

Fuente | El País

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Cogito,ergo sum - La Voz de Galicia (18/10/2020)

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