(...) El comportamiento del acusado podría implicar, en su caso, un incumplimiento de carácter administrativo -una multa como mínimo de 601 euros-, pero no la comisión de un delito». Abunda la sentencia en que «la tipificación penal de la multirreincidencia» no se contempló a la hora de elaborar el decreto del estado de alarma. Aunque sí sugiere que este ciudadano reciba una multa más cuantiosa de ser sorprendido otra vez extramuros y fuera de las franjas horarias permitidas. (...)
Fonte | El Correo
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