(...)Añade que “un acuerdo unánime de las fuerzas políticas de la
Junta de Portavoces del Cabildo de La Palma defiende ante la RFEF (Real
Federación Española de Fútbol y el CSD (Consejo Superior de
Deportes) que ‘parece evidente que la inclusión de este numeroso apartado (el
coeficiente puntuativo) se hace
ex
profeso y además con una pretendida e inadmisible aplicación retroactiva’ y
alertan que ‘las normas no tienen efecto retroactivo si son perjudiciales a
algunas de las partes y deben nacer para aplicarse a partir de ella”. La máxima
institución insular aboga al Consejo Superior de Deportes que “si se acuerda el
cambio del artículo 201 del Reglamento General se aplicara a partir de su
publicación de forma irretroactiva conforme a derecho”. (…)
Fonte / El
Diario
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