(...) La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, unifica su doctrina en
una sentencia dictada el pasado 20 de enero de 2016, en la que “se mete
en la piel” de una víctima de violencia de género: separada con
anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Medidas de
Protección Integral contra la Violencia de Género, le reconoce el
derecho a la pensión de viudedad, a pesar de que la sentencia absolvió a
su marido y no se cumplían los requisitos para su percepción stricto
sensu. (...)
Fonte | Confilegal
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Cogito,ergo sum - La Voz de Galicia (18/10/2020)
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