Cuando se sacrifica un fin jurídico (sigo en términos de Benjamín), como el de salvaguardar la vida de las personas, en aras de salvaguardar, sin menoscabo alguno, el derecho mismo (ut supra), o sea el derecho del Estado, definido por el monopolio de la violencia legítima, el motivo más usualmente alegado para obtener -y con sorprendente eficacia- la aquiescencia de los particulares es el de que la vida del secuestrado o los secuestrados actuales, y con nombres y apellidos, se sacrifica precisamente para salvar las vidas de otros posibles e hipotéticos secuestrados futuros, para los que, si -con el propósito, ciertamente noble, de salvar a los actuales- se sienta el precedente de pagar rescates, no se conseguirá sino estimular el incremento de nuevos secuestradores, atraídos por la segura rentabilidad de la extorsión. 

Fonte/ABC