"(...) Así se recoge en la sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) este miércoles. En ella, se asegura que «la duda» existente «no puede ser resuelta agotadas todas las posibilidades de valoración y explicación de lo actuado».
Además, indica que no es posible «en la medida en que no existen argumentos racionales para dar primacía a una sobre otra, lo que da lugar a la aplicación del principio 'in dubio pro reo'», recoge el fallo de la Audiencia coruñesa. (...)"
Fonte | La Voz de Galicia
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Cogito,ergo sum - La Voz de Galicia (18/10/2020)
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